domingo, 21 de abril de 2013

El proyecto de Código Civil

A no olvidar, van por el Código
Posted by Pablo Berarducci abril 20, 2013
 La reforma del Código Civil sigue en carrera, el anteproyecto contempla modificaciones e introduce institutos jurídicos, con fuerte impacto sobre la vida humana y las relaciones de familia. Son numerosos los temas, tantos que mirados en perspectiva nos permiten afirmar que estamos ante un proceso de sustitución cultural. Algo así como pretender colocar a la sociedad, sus instituciones y sus valores fundacionales en un molde nuevo, definido al fragor de los nuevos vientos ideológicos que no son otra cosa que la repetición de viejos errores hoy perversamente remozados
. Así por ejemplo el Art. 19 del proyecto define que la concepción se inicia con la implantación del embrión. Para la legislación vigente el comienzo de la existencia jurídica de la persona coincide con el inicio de su existencia biológica, es decir a partir de la concepción, así lo establecen tratados internacionales sobre Derechos Humanos con jerarquía constitucional, fijando un régimen de protección de los derechos de la persona por nacer, cuyo punto de partida es el reconocimiento de su personalidad jurídica
 Lo que postula el proyecto niega la evidencia científicas tanto en lo biológico y como en lo antropológico. El embrión humano en su fase preimplantatoria carecerá de protección jurídica, pasara a ser una nada. Los embriones crioconservados y no implantados no se les reconoce el derecho a nacer. Se afecta su integridad física al facilitar la selección y manipulación genética de estos embriones. Desde esta concepción la píldora abortiva del día después ya no eliminara de un modo violento, mediante un ataque químico masivo a una persona sino a una cosa.
Ya no tendrá que seguir engañando el Ministro de Salud con sus protocolos, el exterminio químico queda habilitado transformando al útero femenino de santuario de la vida a cámara de muerte Pero así como no se respeta el misterio de la vida en cuanto a su desarrollo, tampoco se lo hace en cuanto al modo en como se inicia, autoerigiéndose el hombre en demiurgo de las futuras generaciones legalizando las técnicas de fecundación artificial, incorporando donación anónima de gametos y embriones (arts. 558 yss), gestación por sustitución (art. 562) e incluso inseminación post-mortem (art.563) Vulneran los principios de inviolabilidad, dignidad y autonomía de la persona, cuando el proyecto prioriza el derecho al hijo por sobre los derechos del hijo.
Vale aquí precisarlo los hijos son un don de la vida, del amor, de la convivencia y para los que somos creyentes un don de Dios; no el resultado programado de un caldo de cultivo controlado por importantes empresas transnacionales propietarias de la tecnología para la producción de hijos a la carta. Si, hijos a la carta porque los embriones no implantados, los hijos que no tendrán el derecho a desarrollarse a nacer a conocer a sus padres podrán ser eliminados cuando sus progenitores hagan uso del derecho a revocar su consentimiento (art. 560).
Los hijos que han concebido los redactores del proyecto son hijos por contrato, eso si homologado por un Juez (art. 562). Es tan innovador el nuevo molde social que hasta se abre la posibilidad a una triple maternidad: la biológica (el art. 562 en su inc. e) exige que la gestante no haya aportado sus gametos), la gestante y la madre con voluntad procreacional.
 Mas aun la nueva ingeniería social que se preconiza prevé una nueva categoría de humanos, los huérfanos biológicos, al negárseles vínculo filial a los embriones crioconservados obtenidos con gametos del cónyuge o conviviente, si nacen después de muerto el mismo (art. 563). Queda planteada desde ya una injusta discriminación respecto de los hijos adoptados que tendrán derecho a la identidad genética, a conocer sus orígenes y a la preservación de los vínculos fraternos (arts. 595 y 596), mientras que el niño producido por estas técnicas, solo podría acceder a la identidad del donante de gametos (art. 564 ), sí acredita razones debidamente fundadas ante un juez.
 En la lógica de manipular el misterio de la vida no podía estar ausente de manipular también su fin. El art 60 prevé la posibilidad de anticipar directivas y conferir mandato respecto de su salud, en previsión de su propia incapacidad. Sin ninguna precisión al respecto, sin limites, sin contextualizar claramente sobre el final de la propia vida y la dignidad de morir, se está habilitando la eutanasia
 No puedo dejar de expresar que cuando repasaba estos temas me sentía como rata de laboratorio en manos de Frankestein Otro aspecto del proyecto que contiene un activo germen de destrucción social es su concepción de matrimonio y familia. Recordemos una verdad tan evidente que la prueba la milenaria historia de la humanidad, de oriente a occidente: el matrimonio y la familia son la base de la sociedad, la sostienen
 Es el tejido social quien se beneficia del orden de un matrimonio estable, que repercute fundamentalmente en el bienestar de los hijos.
 El proyecto que analizamos regula figuras alternativas del matrimonio: Uniones Convivenciales (Art. 509), Pactos de Convivencia que reglamentan las relaciones económicas entre los convivientes (arts.514 y ss) y el mal llamado matrimonio igualitario. Faculta a los cónyuges a pedir el divorcio, sin necesidad de esperar plazos ni invocar causales (art. 437). Junto a ello, se incorporaría un complicado sistema de compensaciones económicas que diluye cualquier contenido moral del matrimonio (arts. 441 y ss). Divorcio expres, La entrega mutua y completa, como bien que ofrece el matrimonio a los contrayentes ha sido dejado de lado.
Elimina una nimiedad anacrónica como el deber de mutua fidelidad entre los cónyuges (arts. 431-434) El pacto de fidelidad que expresa la unión personal y sexuada reducida a polvo. La permanencia del vínculo y la exclusividad de la entrega que están en la esencia misma del matrimonio y hacen a su valor intrínseco, quedan en el texto ridiculizadas. A partir de la nueva concepción del matrimonio tendrá mas implicancias y relevancia social firmar la ficha de socio de un club de bochas que casarse
 Debe comprenderse la destrucción que provocara esta nueva ingeniería social que promueve el kirchnerismo, criticable en sus contenidos y en su forma. El actual Código si bien en su origen fue redactado por Velez Sarfield el texto vigente contiene el legado jurídico de varias generaciones, la experiencia judicial de años de aplicación generando jurisprudencia y promoviendo actualizaciones, correcciones y mejoras.
Hoy de un plumazo se pretende derogarlo y sustituirlo lisa y llanamente como pretendiendo buscar el bronce que se ganaron en la historia los grandes tribunos. Esta actitud nos alarma, nos hace percatar que estamos frente a un proceso hegemónico de ideas que deben ser acatadas por todos dejando de lado la razonabilidad, el sentido común en muchos de los temas fundamentales de la sociedad Espero equivocarme pero avizoro un futuro de hombres parias, que pasaran por la vida como un accidente, vidas anodinas, sin poder responder aquellas preguntas fundamentales de toda persona ¿quien soy?, ¿de donde vengo? y ¿hacia donde voy?